2015/ Marzo/ Veeduría/ EconoticiaS/
En un derecho de petición presentado por el Director de este periódico al señor Contralor del Departamento, sobre los resultados de las investigaciones o acciones adelantadas por el órgano de control ante el hallazgo número 36 del informe consolidado de la auditoria con enfoque integral modalidad regular realizada al municipio de Tuluá para la vigencia del año 2012, realizada en el mes de marzo del año 2013 y que a la letra dice : Hallazgo No.36 Administrativo con incidencia-Disciplinaria- Fiscal. En visita fiscal realizada por La Contraloría Departamental del Valle del Cauca el 3 de Mayo de 2012, a la vía que del Municipio de Tuluá conducen al Corregimiento de La Marina, sitio denominado curva de los
godos, zona rural del Municipio de Tuluá, se ejecutaron obras en las que se
evidencio:
1.
El tramo de la vía en el cual se construyeron las obras de contención, presenta
asentamiento y pérdida de la carpeta asfáltica en una longitud aproximada de 80
metros.
2.
El muro de contención en concreto reforzado, presenta falla por desplazamiento
vertical altamente pronunciado en su parte central y fractura en sus extremos.
3.
Al finalizar el muro en el sentido longitudinal, se construyeron muros
escalonados en gaviones recubierto en concreto, los cuales se han fracturado y
se observa el desprendimiento del recubrimiento.
4.
Como parte de las obras para evacuar las aguas de escorrentía, se construyeron
canales en concreto las cuales rematan en un sumidero ubicado donde inicia el
muro de contención, debido a que posiblemente era el punto más bajo en este
tramo de la vía, debido al asentamiento presentado, la canal se ha fracturado y
el sumidero quedo con un nivel más alto, lo que no permite cumplir con la función
de conducir y evacuar las aguas agravando la situación, debido a que las aguas
se están filtrando ocasionando mayor daño y acelerando el deterioro de las
obras de contención.
5.
Se observó en la parte más baja donde se cimento el muro, el terreno muy húmedo
y con presencia permanente de agua, al parecer producto de las aguas que se
infiltran desde la superficie.
6.
Sobre las colinas vecinas se observaron terrenos de erosión superficial tipo
“pata de vaca”, posiblemente producto de ser utilizados para ganadería. Por las
anteriores observaciones el señor Contralor del Departamento realizo la
siguiente función de advertencia: “La Contraloría
Departamental del Valle del Cauca, ADVIERTE, la necesidad de que la administración
municipal utilice las acciones pertinentes que le permitan garantizar la recuperación
del tramo de la vía que conduce desde el Municipio de Tuluá al Corregimiento de
La Marina, específicamente el sitio denominado la curva de los godos, so pena
de constituirse en un presunto detrimento por valor de los recursos invertidos
hasta la fecha, es decir la suma de QUINIENTOS TRECE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA
Y UN MIL NOVECIENTOS TREINTA PESOS MONEDACORRIENTE $513.851.930”.
“En
razón a lo anterior, se realizó visita al lugar para establecer las acciones
adelantadas por el Municipio para garantizar la recuperación del tramo, se
evidencio que los muros de contención y gaviones siguen presentando los mismos
problemas evidenciados en la visita pasada, se ejecutaron obras de mitigación
como son: mantenimiento continuo con maquinaria del Municipio que lograron
estabilizar el proceso de asentamiento presentado en la vía, permitiendo la
movilidad de quienes transitan por el sector, pero no se ejecutó una solución
definitiva, generando un presunto Detrimento por un valor de $513.851.930”.
La
respuesta del señor Contralor fue que por competencia los hallazgos de esta
auditoria fueron remitidos a la Contraloría municipal, en cabeza del doctor
Gilberto Castrillón y por consiguiente era esta dependencia la responsable de
dar respuesta a nuestra inquietud.
Pese
a que el municipio a través de la secretaria de Habitad e Infraestructura
contrato los estudios de diseño con la firma CONCRESUELOS INGENIERIA, quienes además
realizaron los estudios de suelos y taludes, complementados con líneas de refracción
sísmica elaboradas por la firma INGENIERIA GEOTECNICA Y GEOFISICA, y que
sirvieron de base para las recomendaciones de cimentación y diseños
estructurales de los muros en concreto que también fueron ejecutados por
CONCRESUELOS INGENIERIA.
Para
suscribir posteriormente un convenio con el Comité de Cafeteros, entidad
responsable de la ejecución de esta obra, y la cual en respuesta a oficio de la
exsecretaria de Habitad e Infraestructura, Alejandra Casilimas, le manifiesta
que prácticamente la responsabilidad es del municipio o de la Secretaria de Hábitat
e Infraestructura y las la firmas que realizaron los estudios y diseños, e
incluso en uno de los apartes de esta comunicación dice textualmente el Comité
de Cafeteros: “Para tal efecto también citamos algunos de los apartes de las
recomendaciones y conclusiones de la firma CONCRESUELOS INGENIERIA, en los
cuales resaltamos algunas contenidas en las paginas 15,16,23 y 24 que señalan
aspectos de la geotécnica del sitio Que Hoy Parecen Pertenecer A Otro
Lugar (la negrilla es nuestra) y que pueden compararse con las
perforaciones que hiciera la misma firma CONCRESUELOS en mayo de 2011 en el
mismo sitio.
.
“El lote o sitio no está sobre falla geológica o cerca de ellas, no existen
cavernas o bolsas de materiales blandos, que puedan comprometer la estabilidad
o calidad de las estructuras a proponer, el lote es apto geológica y geomorfológicamente.
Geotécnicamente tiene buena capacidad portante”.
.
“No se presenta riesgo de licuación de los estratos superficiales inducidos por
cargas dinámicas preferencialmente sísmicas, el ingrediente fundamental para
que se produzca la licuación es que el deposito sea granular, que se encuentra
en estado suelto y además saturado; los limites líquidos del suelo están por
encima del 35%, plasticidades mayores al 6%”.
.
“No se detectó presencia de agua subterránea en las exploraciones realizadas”.
.
“En el sitio afloran unos conglomerados susceptibles a la acción del agua,
pierden rápidamente sus características geotécnicas por la presencia de
empozamientos o retención de aguas lluvias.”
.
“Los taludes que conforman las laderas presentan condiciones de estabilidad en
condiciones normales, pero reducen su factor de seguridad en condiciones
extremas como sismo + condiciones extremas de humedad, este hecho hace
necesario construir obras de drenaje para evacuar el agua rápidamente y no
permitir la saturación del conglomerado” “(Estas obras no estuvieron dentro
del alcance del proyecto pero si fueron recomendadas en los diferentes informes
de seguimiento al problema)”, (la negrilla es nuestra).
Estas
recomendaciones y conclusiones entre otras de la firma CONCRESUELOS INGENIERIA,
nos dicen inicialmente que no hay falla geológica en el sitio ni cercana, hace
recomendaciones de unas obras adicionales para prevenir el posible fracaso de
la obra, pero no se realizaron porque no estaban al alcance del proyecto según
el mismo documento del Comité de Cafeteros.
Así
las cosas y para contextualizar a los lectores transcribo textualmente la
respuesta de la Contraloría Municipal a mi derecho de petición: “Mediante
auto034dejunio 11 de 2014 se initio indagación preliminar y a través del auto
063 de diciembre de 2014, se archiva indagación preliminar, teniendo en cuenta
que se encontró “(...) que las obras ejecutadas en el sitio denominado Curva de
los Godos, en la vía que del municipio de Tuluá conduce al corregimiento de la
Marina, fueron acometidas bajo las especificaciones técnicas necesarias que cumplían
con las condiciones de resistencia del concreto, como lo manifiesta clara y
concisa la contraloría Departamental del Valle del Cauca en la Función de
Advertencia . Y porque “(...) la inestabilidad presentada obedece de manera
clara a un fenómeno geológico totalmente ajeno a la injerencia del municipio de
Tuluá o manejo de la Federación Nacional de Cafeteros como ejecutor del
convenio”.
Con
esta respuesta nos quedan algunos interrogantes por resolver:
¿Quiénes
fueron los funcionarios que realizaron la investigación por parte de la Contraloría
Municipal y a parte de la cita textual que se hace de la presunta Función de
Advertencia de la Contraloría Departamental, que otras pruebas tuvo en cuenta
para archivar la indagación preliminar? ¿Conoció el investigador (a) el
documento del Comité de Cafeteros en mención identificado VDE12C01177 de fecha
28 de mayo de 2012 y con sello de recibido de junio 7 del 2012 por parte de La Secretaría
de hábitat e Infraestructura?
¿Se
revisaron los estudios contratados por el municipio con las firmas CONCRESUELOS
INGENIERIA e INGENIERIA GEOTECNICA Y GEOFISICA, con sus conclusiones y
recomendaciones?
Si
en la respuesta al derecho de petición por mí presentado a la contraloría
departamental se argumenta y se ampara la Contraloría municipal en el artículo
20 de la Ley 610 de 2000, para no expedirme copias de los procesos de
responsabilidad fiscal que se adelantan en los presuntos hallazgos de la
auditoria al Plan Municipal de Aguas, por encontrase en cierre de la etapa
probatoria, muy seguramente respuesta ajustada a derecho, entonces ¿cuál es la razón
para que no se me haya entregado copia de los documentos que sustenten las
actuaciones de los funcionarios de la contraloría que tomaron la decisión de archivar
la indagación preliminar en el hallazgo del presunto detrimento patrimonial de
la Curva de los Godos?
¿Será
que siempre va a pasar lo mismo con los hallazgos de los “presuntos” detrimentos
patrimoniales de la contraloría Departamental y municipal?
Amigo
lector, señores órganos de control, se pagaron unos estudios, se realizó un
presunta interventoría por parte de la Secretaría de hábitat e infraestructura
en dos convenios el de la curva de los godos y el del Plan Municipal de Aguas,
en el primero lo dijo la misma CONTRALORIA, se presentó un presunto detrimento
patrimonial de $513,851,930 y en segundo del Plan De Aguas la misma CONTRALORIA
presento hallazgos de tipo fiscal por un presunto detrimento patrimonial de más
de 4500 millones de pesos, será verdad que aquí no ha pasado nada? Amanecerá y
veremos.
COLOFON:
Pregunta de ciudadano desprevenido y lego jurídicamente hablando. ¿Quién
controla a los controladores? Mejor dicho, ¿quién controla e investiga las
actuaciones de los funcionarios de las Contralorías?
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